Cooperativas adscritas a la Ley 239:
La Ley 239, Ley General de Sociedades Cooperativas, permite la formación de cooperativas de todos los tipos y sectores. Para facilitar el manejo estadístico se presentan las categorías (sectores) pertenecientes a las cooperativas de la Ley 239 y los tipos de cooperativas que estas incluyen: Los Organismos Centrales del Movimiento Cooperativo Puertorriqueño, son el Banco Cooperativo, FIDECOOP y la Liga de Cooperativas. Esta última, es la única asociación de tercer grado, lo que la convierte en la de más alto nivel de integración del Movimiento Cooperativo. La Liga agrupa federaciones, organismos de integración de segundo grado, consejos, comisiones sectoriales, centrales y las cooperativas individuales primarias, cuyos dueños son personas naturales. La Liga tiene como función principal la representación de todas las cooperativas ante el estado.
Cooperativas de Consumo: Su actividad principal es el comercio. Se dedican a la venta de alimentos elaborados y no elaborados, artículos de uso doméstico, medicinas, misceláneas, productos de uso personal, de higiene, de primera necesidad, perfumería, joyería, accesorios, combustible y todo lo que pueda ser vendido. Se incluyen: Supermercados, Colmados, Farmacias, Cafeterías, Librerías, Gasolineras, Tienda Venta Piezas de Auto y otros.
Cooperativas Comerciales: comercios unidos para comprar en común, en este caso particular se refiere a que los socios, son dueños de negocios lucrativos, asociados para otra actividad económica mediante el uso del modelo cooperativo. Los comerciantes locales agobiados por la competencia despiadada de las grandes cadenas comerciales transnacionales, han hecho del cooperativismo una opción que les permita competir y servir mejor las necesidades de sus comunidades. El modelo cooperativo viabiliza que el comercio nativo se mantenga operando.
Cooperativas Industriales: Estas cooperativas agrupan trabajadores para operar contratos de trabajo de diferentes fabricantes de la industria de la aguja, confección de alimentos, manufactura de alta tecnología y otras formas para generar sus propias líneas de producción. Elaboran diferentes productos como son los de costura, repostería, accesorios ortopédicos, envasados y otros. Se incluye: Manufactura, Producción Industrial y Costura Industrial.
Cooperativas de Tipos Diversos: Este sector está integrado por aquellas cooperativas cuya actividad económica principal es el mercadeo de servicios a la comunidad. Se incluyen: Estacionamiento, Hospital, Recreación, Funeraria, Acueductos y Otros Servicios.
Cooperativas de Trabajo Asociado: son aquellas que agrupan personas que aportan trabajo y capital para desarrollar una actividad empresarial que produzca en común bienes y servicios a terceros, en la que la mayoría de capital social es propiedad de los trabajadores.
Cooperativas de Transporte: el mercado de transportación de carga en Puerto Rico es servido por diferentes tipos de unidades de transporte de carga y de pasajeros en forma cooperativa. Existen cooperativas de: Porteadores Públicos, Servicios de Taxímetro, Camioneros de Acarreo, Taxis, Excursiones Turísticas.
Cooperativas de Vivienda: se dedican a la administración, compra, construcción, venta, alquiler y cualquier otra actividad relacionada con la vivienda y la convivencia comunitaria. Por lo general, son unidades residenciales en estructuras de vivienda horizontal o urbanizaciones bajo una hipoteca global de modelo cooperativo. También, se pueden crear cooperativas bajo el Régimen de Vivienda Cooperativa de Titulares en la cual los socios poseen título de dominio exclusivo sobre sus unidades de vivienda en el marco jurídico de cooperativas.
Cooperativas de Seguros: se rigen por el Código de Seguros de Puerto Rico. Ofrecen a sus asegurados una amplia variedad de servicios de seguros misceláneos, de vida y de salud a costos razonables, con plenas garantías para el asegurado.
Organismos Centrales: se componen de las Cooperativas de Primer y Segundo Grado.
Cooperativa de Primer Grado: Se refiere a las cooperativas base esas que son integradas por individuos que se agrupan en diferentes tipos de cooperativas, se incluye tanto el sector de las cooperativas de la Ley 239 como las de la Ley 255 del sector financiero entiéndase las cooperativas de ahorro y crédito; y las cooperativas Juveniles de la Ley 220.
Cooperativas de Segundo Grado: son organismos de integración que agrupan cooperativas primarias.
Cooperativas de Tercer Grado: Integra tanto a las cooperativas de primer grado como a las de segundo grado, las cuales se convierten en los dueños de la entidad de tercer grado
Los Organismos Centrales del Movimiento Cooperativo Puertorriqueño, son el Banco Cooperativo, FIDECOOP y la Liga de Cooperativas. Esta última, es la única asociación de tercer grado, lo que la convierte en la de más alto nivel de integración del Movimiento Cooperativo. La Liga agrupa federaciones, organismos de integración de segundo grado, consejos, comisiones sectoriales, centrales y las cooperativas individuales primarias, cuyos dueños son personas naturales. La Liga tiene como función principal la representación de todas las cooperativas ante el estado.