​​​​​​​

El 10 de agosto de 2008, se aprueba la Ley Núm. 247 “Ley Orgánica de la Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico” que crea una nueva entidad gubernamental denominada Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico (CDCOOP).  Se disuelve y deroga la anterior Administración de Fomento Cooperativo  (AFCOOP) creada en virtud de la Ley Núm. 4 el 1ro. de mayo de 1957 y posteriormente enmendada por la Ley Núm. 89 del 21 de junio de 1966, enmendada hasta el 4 de abril de 1988. Todas las funciones, facultades y poderes de la AFCOOP quedan transferidas y son traspasadas a la CDCOOP

La Ley Núm. 247 estructura, mediante agrupación y consolidación las agencias y entidades relativas al cooperativismo para maximizar los esfuerzos y encauzar el modelo cooperativo como mecanismo idóneo hacia un desarrollo socioeconómico sostenido. Además, se adscriben como componentes operacionales a la Comisión (CDCOOP), la Corporación Pública para la Supervisión y Seguros de Puerto Rico (COSSEC) y el Fondo de Inversión y Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico (FIDECOOP). Transfirió todas las funciones de la Oficin​a del Inspector de Cooperativas a COSSEC. En lo sucesivo, toda ley en que aparezca o se haga referencia a la Oficina del Inspector de Cooperativas o el Inspector de Cooperativas se entenderá enmendada y será sustituida COSSEC.


El Plan de Reorganización Gubernamental establece los siguientes objetivos:

  • ​promover un rol cada vez más protagónico del propio Movimiento Cooperativo, al reducir la dependencia en las acciones gubernamentales;
  • integrar los recursos organizativos, humanos y económicos del gobierno y del Movimiento,
  • redistribuir estratégicamente las funciones y responsabilidades con el propósito de fortalecer la  filosofía cooperativista y maximizar resultados.

El nuevo plan contempló entre otras cosas: la fiscalización como herramienta de ayuda a cooperativas en dificultades y entidades pequeñas, establecer acciones dirigidas a apoyar la competitividad del sector.

La CDCOOP, marca el inicio de una nueva instrumentalidad que regirá la política de estado a apoyar el fortalecimiento y crecimiento del cooperativismo. Reenfoca y precisa la política pública referente al cooperativismo e incorpora la participación del Movimiento Cooperativo con el estado en los procesos de formulación e implantación de la política pública dirigida al desarrollo cooperativo en el país.  La Ley Núm. 247, entró en vigencia a partir del 1ro. de febrero de 2009, y facultó a la Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico como organismo normativo del desarrollo cooperativo en el país, cuyo deber ministerial incluye ejercer todas las funciones de la anterior y ahora inexistente Administración de Fomento Cooperativo.​